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Condenan a prisión a un empresario por eludir el pago de indemnizaciones del caso Ardystil

El juez le impone seis meses de cárcel y una multa de 1.080 euros por un alzamiento de bienes

Un juzgado de Alicante ha impuesto una pena de seis meses de prisión y multa de 1.080 euros a un empresario por eludir el pago de indemnizaciones por el denominado caso Ardystil, según la sentencia. Este síndrome laboral causó la muerte a seis trabajadores y enfermedad pulmonar a otros 67 en el sector de la aerografía textil en las comarcas de l'Alcoià y El Comtat en la década de los noventa.

La resolución declara probado que Vicente Antonio A.C. y su mujer, María Paloma V.A., actuaron de «común acuerdo» en diciembre de 2002 para «burlar la responsabilidad civil» derivada del delito contra los derechos de los trabajadores del estaba acusado él y disolvieron el régimen de bienes gananciales de su matrimonio.

De esta forma, la esposa del procesado, que también ha sido condenada por estos hechos a la misma pena y la misma multa, adquirió la mitad de la vivienda que la pareja poseía en la avenida de la Hispanidad de Alcoy, la cual había sido adjudicada con anterioridad a su marido por un precio muy inferior al del mercado.

Igualmente, la acusada se convirtió en propietaria al completo de una plaza de garaje que hasta entonces era común sin abonar «contrapartida alguna», tal y como relata en el fallo la titular del Juzgado de lo Penal 8 de Alicante, Ana María Carpintero.

La sección tercera de la Audiencia de Alicante condenó a Vicente Antonio A.C. por un delito contra los derechos de los trabajadores cometido por imprudencia a una pena privativa de libertad y al pago de indemnizaciones que sumaban los 792.542 euros.

El 24 de marzo de 2004, una vez confirmada la condena por el Tribunal Supremo, el empresario fue requerido para que abonara las responsabilidades civiles derivadas del caso Ardystil, pero se declaró insolvente, «merced a la maquinación relatada», según la sentencia.

Para la juez, Vicente Antonio A.C. es culpable de un delito de alzamiento de bienes porque «desatendió las responsabilidades civiles» derivadas del caso Ardystil «al no disponer de otros bienes suficientes que pudieran ser objeto de ejecución, dificultando, cuando no imposibilitando, que responda de una deuda líquida, vencida y exigible, vigente ya en el régimen de separación de bienes».

El sospechoso alegó que traspasó las propiedades a su esposa por su ludopatía, pero la responsable del juzgado asegura que esa excusa no es creíble al no existir informe médico alguno relativo a dicha patología, ni haberse invocado nada al respecto durante la fase de instrucción de este proceso.

Respecto de la mujer, la magistrada ha dictaminado que no podía ignorar el proceso penal por el caso Ardystil contra su marido, como ella afirmó durante la vista, ya que él «también resultó perjudicado» por la inhalación de aerosoles, de forma que ella colaboró al otorgar las «capitulaciones y comprar los bienes de su esposo», lo que la convierte en «cooperadora necesaria» del delito.

EFE

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